General terms

La responsabilidad de la empresa por los retrasos en la entrega de las mercancías no podrá exceder, salvo pacto en contrato, del precio del transporte, tal como marca la modificación del 9 de octubre de la ley 16/1987 de 30 de julio de ordenación de los transportes terrestres.

No se considerará incumplimiento del plazo el causado por ausencia del destinatario, cambio de domicilio,  consignatario o dirección desconocido,  impago de portes,  suplidos o reembolsos, cierre por vacaciones, entregas fuera de plazo en segundo intento de entrega, causas de fuerza mayor o caso fortuito u otras no imputables a la Agencia.

Queda excluido el transporte de paquetes y objetos cuyo contenido sea contrario a la ley o cuyo transporte esté sometido a requisitos  o disposiciones especiales cuando no se haga constar previamente su contenido y el cumplimiento de dichos requisitos deba ser objeto de examen previo ( animales, armas, fondos o efectos, joyas, pieles, materiales tóxicos, muestras biológicas, obras de arte, productos inflamables o peligrosos, etc. ) asumiendo únicamente el remitente las responsabilidades que pudieran derivarse.De acuerdo con lo establecido por el REGLAMENTO (UE) 2016/679, de 27 de abril de 2016 del Parlamento Europeo, y del Consejo relativo a la Protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de sus datos personales y la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, le informamos que sus datos están incorporados en un fichero del que es titular METEOR TRANSPORT URGENT, SL y el cual se encuentra debidamente inscrito en el registro de actividades de tratamiento, con la finalidad de realizar la gestión logística, administrativa, contable y fiscal, así como enviarle comunicaciones comerciales sobre nuestros productos y servicios, Están previstas cesiones de datos a: terceras empresas para cumplir las obligaciones legales derivadas de la prestación del servicio contratado. Legitimación: consentimiento del propio interesado y ejecución de un contrato. Tiene derecho a acceder, rectificar y suprimir los datos, así como otros derechos, indicados en la información adicional en www.meteor.es, que puede ejercer en el domicilio de METEOR TRANSPORT URGENT, SL sito en C/ MOTORS, 364, 08908 – HOSPITALET DE LLOBREGAT – BARCELONA (ESPAÑA) o en el email info@meteor.es 

Según normativa del real decreto 293/2018, cuando el cliente nos solicite disponer de este material, estamos obligados a cobrar las bolsas de plástico al precio que en cada momento demande el mercado.

En los servicios inter-día, para entregas o recogidas en urbanizaciones, se aplicará un suplemento de 5 km. para los desplazamientos entre 5 y 10 km. y de 10 km. para los que estén a mayor distancia.

En los servicios inter-día, para entregas o recogidas en pisos sin ascensor, se acepta un peso máximo de 20kg por bulto, y no se pondrán hacer entregas en pisos sin ascensor por encima de la quinta planta.

En los servicios inter-día, aplicaremos un coste de 2.45€ (segunda dirección) en aquellos pisos sin ascensor en los que tengamos que hacer dos viajes porque lo requiera la mercancía por su peso o volumen. (Para mercancía muy voluminosa o pesada dirigirse a los servicios directos.)

La mercancía se entregara en la puerta de los domicilios particulares.

En los servicios inter-día, si alguna recogida o entrega no se pudiera hacer en el horario establecido (por causa justificada como averías, excesos de carga, bloqueos circulatorios por mal tiempo, huelgas, circunstancias horarias, que corten la circulación, controles policiales,… etc.), dicha recogida o entrega pasaría a la siguiente franja horaria. Meteor siempre avisaría al cliente de lo sucedido, y en caso que al cliente no le interesara dicho cambio, podría pedir un servicio directo especial en el cual se le realizaría un abono del 30% sobre el precio de nuestra tarifa

Los clientes no abonados tendrán recargo del 20% sobre el total del servicio.

Los clientes abonados tendrán una cuota mensual de 9 € sobre factura.

Facturación mensual digitalizada a clientes abonados, enviada por correo electrónico.

Los cargos en concepto gastos de Aduana y aranceles en los envíos a Canarias, Andorra, Melilla, Ceuta, Gibraltar e Internacional, se aplicarán en factura, en el mismo mes o un mes posterior a la realización del servicio.

Liquidación de la factura mediante recibo domiciliado por banco, máximo 30 días f.f.

Horario de atención al cliente: de lunes a viernes de 8 a 18 h.  Las tres semanas centrales del mes de agosto, el horario será de 8 a 15 h. En este periodo consultar entregas de puentes zona B por las tardes.

Jueves Santo, Nochebuena y Fin de Año, nuestro horario será de 8 h. a 15 h., así como las fiestas locales.

Las cantidades señaladas no incluyen IVA, IGIC, APIC, así como ningún otro impuesto, tasa, arancel o gasto causado por efectos porteados, lo anterior será objeto de repercusión en la factura.

Meteor aplicará un suplemento variable de combustible, en función de la variación de los precios del gasoil publicados mensualmente por el Ministerio para la Transición Ecológica.

 

COMPLEMENTO POR COMBUSTIBLE

MAYOR DE €/litro

MAYOR DE €/litro

RECARGO

0,00 €

1,349 €

0,00%

1,35 €

1,399 €

1,00%

1,40 €

1,449 €

1,25%

1,45 €

1,499 €

1,50%

1,50 €

1,549 €

1,75%

1,55 €

1,599 €

2,00%

1,60 €

1,649 €

2,50%

1,65 €

1,699 €

3,00%

1,70 €

1,749 €

3,50%

1,75 €

1,799 €

4,00%

1,80 €

1,849 €

4,50%

1,85 €

1,899 €

5,00%

1,90 €

1,949 €

5,90%

1,95 €

1,999 €

6,80%

2,00 €

2,049 €

7,70%

2,05 €

2,100 €

8,90%

1.- El suplemento es aplicable sobre todos los conceptos económicos facturables. + 0,10% por cada 1% de incremento en el precio del combustible de automoción (Diesel tipo A) (Orden FOM de 23.07.08) 

2.- La tabla oficial de precios del carburante, sobre los que se calculan los porcentajes del suplemento por combustible, son los últimos publicados con un decalaje de un mes en el BOE, CETM, y Ministerio para la Transición Ecológica y Reto Demográfico.

 https://sedeaplicaciones.minetur.gob.es/shpcarburantes/ 

3.- El Real Decreto Ley, de medidas para la mejora de la sostenibilidad del transporte de mercancías por carretera, y del funcionamiento de la cadena logística, ha entrado en vigor el 2 de marzo de 2022. A partir de dicha fecha, los transportistas podrán aplicar la cláusula de revisión del precio del transporte, en función a la revisión del precio del combustible.

Los precios de tarifa serán regulados sucesivamente todos los meses de enero de cada año.

Las presentes tarifas tendrán validez hasta el 31 de Diciembre del 2.023, Meteor, se reserva el derecho de renegociar los precios acordados en función de las variaciones que se produzcan en los incrementos de costes fuera del control de gestión de Meteor ( impuestos, tarifas oficiales, etc…)